Proyección y Anexo de Gastos Personales : Guía práctica para su presentación

Desde el mes de febrero, los contribuyentes ecuatorianos que trabajan bajo relación de dependencia, cuyos ingresos anuales sean superiores a USD 11.902 tienen fecha límite para presentar el Formulario de Proyección de Gastos Personales. Hasta 2023, el formulario se entregaba al empleador en enero y este a su vez retenía a sus colaboradores el Impuesto a la Renta, dividido en 12 cuotas mensuales durante el año. Con la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de la Economía Familiar, en junio de 2023 la proyección de gastos personales se debe hacer cada año hasta el 28 de febrero (aunque en 2024 febrero tenga 29 días) y su descuento será del total del impuesto dividido para 11 cuotas.

Servicio de Rentas Internas es quien determina cada año la base imponible del Impuesto a la Renta para personas bajo relación de dependencia. Para el período fiscal 2024 se considera como monto máximo para la rebaja de gastos personales el menor valor entre los gastos personales declarados y el valor de la canasta básica de enero 2024 (USD 789,57) y de acuerdo con el número de cargas familiares, según el siguiente detalle:

La base imponible para el Impuesto a la Renta en 2024 es de USD 11.902 o USD 991,8 al mes; es decir, que si Ud. obtuvo un valor igual o mayor a ese monto, tendrá que declarar Impuesto a la Renta de acuerdo a la siguiente tabla:

El formulario de proyección de gastos personales, debe ser llenado en sus dos secciones: Ingresos Proyectados y Gastos Proyectados. En la sección de ingresos deberá sumar todas las remuneraciones que espera percibir durante el año (se debe considerar solo el sueldo base) sin descontar el 9,45% del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

En la sección de gastos proyectados se deben considerar los siguientes los gastos de:

  • Vivienda.
  • Alimentación (incluye mascotas).
  • Vestimenta.
  • Salud (incluye mascotas).
  • Turismo.
  • Educación.

Cabe recordar que la proyección no puede exceder lo que indica la tabla de "Deducción de Gastos para el pago del Impuesto a la Renta" de acuerdo al número de cargas que tenga el trabajador.

Los trabajadores en relación de dependencia podrán deducirse los gastos de sus cargas familiares; padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad, siempre que no perciban ingresos gravados y que sean dependientes del trabajadores en ningún caso dos o más trabajadores podrán considerar a una misma persona como carga familiar.

Con esta proyección, el SRI  permitirá descontar una parte de ese monto de gastos a la base imponible y, por lo tanto, pagará menos Impuesto a la Renta. Incluso, en algunos casos, ya no pagaría el tributo.

Como trabajador bajo relación de dependencia ¿Qué debo hacer luego de presentar su Proyección de Gastos Personales?

Una vez presentada la Proyección de Gastos Personales, la siguiente obligación del colaborador es realizar el Anexo de Gastos Personales en el siguiente ejercicio fiscal; en donde debe justificar al SRI con los respectivos comprobantes electrónicos o físicos la proyección presentada a su empleador.

El plazo para presentar este anexo depende del noveno dígito de la cédula del contribuyente:

Para realizar el Anexo de Gastos Personales el contribuyente debe sacar su clave en el SRI, el trámite es sencillo solo necesitas: cédula, certificado de votación y un correo electrónica y acercarte a cualquier agencia de la entidad a nivel nacional. Para ingresar a realizar tu AGP debes ingresar a la web del Servicio de Rentas Internas: www.sri.gob.ec  con tu número de cédula o ruc y la clave generada.

Al ingresar nos ubicamos en la sección Servicios en línea, y seleccionamos la opción Anexo de Gastos personales en línea, antes de iniciar con la declaración, es necesario registrar las cargas familiares en caso haberlas considerado en la rebaja para el año 2023.

Una vez se hayan registrado las cargas se procede con la Generación del Anexo, en donde podrán clasificar los gastos de acuerdo a su naturaleza, seleccionando únicamente las facturas que sustenten la deducción de gastos personales; las facturas que no correspondan a gastos personales no deben ser registradas  aún cuando consten en la lista de comprobantes.

Luego de haber clasificado sus gastos, el anexo debe ser enviado para que la entidad tributaria lo valide y acepte. Una vez haya sido aceptado el anexo se debe continuar con la declaración del impuesto a la renta en la sección Declaraciones > Declaración de Impuestos > Elaboración y Envío de Declaración  escogiendo la opción Formulario Renta Naturales.

En el caso que la proyección haya sido mayor que los gastos incurridos, el impuesto será reliquidado y se pagará al fisco el impuesto a la renta causado.

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