Requisitos Tributarios para emprender en Ecuador

Requisitos Tributarios para emprender en Ecuador
Photo by Meghan Lamle / Unsplash

Según datos del último estudio GEM (Global Entrepreneurship Monitor Ecuador,  2019 – 2020), Ecuador es uno de los países más emprendedores de Latinoamérica, sin embargo, más de la mitad de estos emprendimientos locales no han logrado superar los tres años de vida desde su nacimiento, entre los principales factores se encuentran: Desconocimiento, Mercado, Tecnología, Clientes e Innovación.

Las leyes en el Ecuador son claras y manifiestan que el “desconocimiento de la Ley no exime de culpa al infractor”, es así que partiendo de ello los emprendedores deben tener claro los impuestos que deben pagar a fin de mantener al día sus obligaciones con los entes reguladores y evitar multas.

Para iniciar una actividad comercial es importante conocer el tipo de contribuyente, esto permitirá no solo conocer los impuestos a pagar, sino también conocer los beneficios que se ofrecen.

Tipos de Contribuyentes que existen en el Ecuador

Persona Natural

Personas nacionales o extranjeras que realizan actividades económicas lícitas y pueden o no estar obligadas a llevar contabilidad.

  • Obligadas a llevar contabilidad

Deben cumplir con lo establecido en el Art. 37 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y son: sucesiones indivisas, actividades agrícolas, pecuarias, forestales o similares, profesionales, comisionistas, artesanos y otros trabajadores autónomos.

  • No obligadas a llevar contabilidad

Deben cumplir con lo establecido en el Art. 38 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y son: contribuyentes domiciliados en el exterior, empleados con ingresos provenientes solamente de su trabajo, Entidades del sector público a excepción de las organizaciones financieras.

  • Régimen General

Son personas naturales que deben inscribirse en el RUC de acuerdo a su actividad económica para emitir comprobantes de venta autorizados por el SRI y notificar tanto sus ingresos como egresos de acuerdo a la periodicidad establecida por la ley y conocer con ello el impuesto a pagar.

Los contribuyentes que se encuentran dentro del Régimen General deben declarar los siguientes impuestos: Impuesto al Valor Agregado (Mensual o Semestral) y Impuestos a la Renta (Anual).

  • Régimen Impositivo Simplificado

Los contribuyentes que antes estaban dentro del régimen RISE, a partir del año 2021 pasaron a ser RIMPE y a su vez se clasificaron por sus ingresos y se los denomina: RIMPE Emprendedor o RIMPE Negocio Popular.

Si eres contribuyente  RIMPE Negocio Popular no realiza declaración de IVA  y el IR  es anual. En cuanto al  monto a pagar está sujeto a lo establecido en la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar en la reforma tributaria establecida en el  Suplemento del Registro Oficial No. 335 y se basa en la siguiente tabla:
Si eres contribuyente RIMPE Emprendedor la declaración de IVA  es semestral y el IR  es anual. El porcentaje de Impuesto a la Renta que pagan este tipo de contribuyentes se basa en lo establecido en la siguiente tabla:

Sociedades

Las sociedades se refiere a cualquier entidad que, dotada o no de personería jurídica, constituye una unidad económica o un patrimonio independiente de sus integrantes, según lo establece el artículo 98 de la Ley de Régimen Tributario Interno y se clasifican en: Privadas y  Públicas.

Sociedades Privadas

De acuerdo con el Servicio de Rentas Internas SRI, las sociedades privadas son consideradas así por las siguientes razones:

  • Están bajo el control de la Superintendencia de Compañías, como por ejemplo las compañías anónimas, de responsabilidad limitada, de economía mixta, administradoras de fondos y fideicomisos, entre otras.
  • Están bajo el control de la Superintendencia de Bancos, como por ejemplo los bancos privados nacionales, bancos extranjeros, bancos del Estado, cooperativas de ahorro y crédito, mutualistas, entre otras.
  • Otras sociedades con fines de lucro o patrimonios independientes
  • Sociedades y organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, como por ejemplo las dedicadas a la educación, entidades deportivas, entidades de culto religioso, entidades culturales, organizaciones de beneficencia, entre otras.
  • Misiones y organismos internacionales como embajadas, representaciones de organismos internacionales, agencias gubernamentales de cooperación internacional, organizaciones no gubernamentales internacionales y oficinas consulares.

Sociedades Publicas

Son personas jurídicas de derecho público que se crean mediante Ley, Decreto, Ordenanza o Resolución, según el  Art. 225 de la Constitución de la República del Ecuador

  • Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social.
  • Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado.
  • Las entidades y los organismos creados por la Constitución o la Ley  para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado.
  • Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos.

Dentro de los deberes formales que tienen las personas naturales y sociedades está el emitir comprobantes de ventas autorizados por el Servicio de Rentas Internas los cuales según la resolución NAC-DGERCGC 22-00000024 emitida el 27 de mayo del 2022 , y aplicada a partir del 29 de noviembre de 2022, manifiesta que: Todos los contribuyentes deberán emitir documentos de venta electrónicos haciendo excepción de los negocios populares, sin embargo y a partir de junio del 2023 los Negocios Populares también tienen la opción de emitirlos.

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