Retención versión ATS 2.0.0
A partir del 30 de noviembre del 2022, por disposición del Servicio de Rentas Internas, los contribuyentes adoptaron de manera obligatoria la facturación electrónica, dando cumplimiento a la RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC22-00000024.
Esta resolución hace también obligatoria la emisión de comprobantes de retención en versión 2.0.0 (Retención ATS):
Artículo 3. Los sujetos pasivos obligados a la emisión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios bajo la modalidad electrónica, conforme lo señalado en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, que sean calificados como agentes de retención por el Servicio de Rentas Internas, incluidos los contribuyentes especiales, deberán implementar obligatoriamente la versión ATS de comprobantes de retención, de conformidad con lo dispuesto en la ficha técnica de comprobantes electrónicos, disponible en el portal web del Servicio de Rentas Internas.
¿Cuáles son los cambios en la nueva retención versión ATS?
El Servicio de Rentas Internas SRI busca tener un mayor control de las actividades comerciales, con lo cual se busca de forma paulatina dejar atrás el Anexo Transaccional Simplificado (ATS). Por esta razón la retención versión ATS incluye más información que permite conocer detalles de la transacción entre los contribuyentes. La nueva información incluye:
- Parte Relacionada
- Fecha del registro contable
- Código de sustento Tributario
- Formas de pago del documento retenido
- Tipo de documento retenido
Esta información debe reflejarse en los archivos PDF y XML del documento electrónico, siguiendo las especificaciones técnicas del SRI.
Para crear un comprobante de retención en versión ATS 2.0.0 en Dátil, sigue nuestra guía: