La facturación electrónica será obligatoria en Ecuador

La facturación electrónica será obligatoria en Ecuador a partir de noviembre 2022. Conoce más sobre esta modalidad y cómo Dátil te ayuda a hacerlo de manera simple.

La facturación electrónica será obligatoria en Ecuador
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En Ecuador la facturación electrónica se inició a partir de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos publicada desde el año 2002, pero fue en el año 2009 que el Servicio de Rentas Internas implementa su obligatoriedad mediante un cronograma, que precisa a determinados grupos de empresas tanto del sector público como privado a incorporarse de forma paulatina a este sistema.

¿Qué contribuyentes deben emitir documentos electrónicos?

Según resolución NAC-DGERCGC 22-00000024 emitida el 27 de mayo del 2022 por el SRI, se instituye que a partir del 29 de noviembre de 2022, todos los contribuyentes deberán emitir documentos electrónicos. Esta resolución es opcional para los negocios populares.

¿Cómo emitir documentos electrónicos tributarios?

Para que los contribuyentes puedan emitir documentos electrónicos deben obtener un certificado de firma electrónica, la cual les permita autorizar sus documentos tributarios, incluyendo Facturas, Retenciones, Liquidaciones de Compra, Notas de Crédito, Notas de Débito y Guías de Remisión, los cuales se deben emitir por medio de un sistema de facturación electrónica que cumpla con la especificaciones técnicas del SRI.

La emisión de documentos electrónicos cumple el siguiente proceso:

¿Qué es un certificado de firma electrónica?

Es el documento virtual que certifica el vínculo de la firma electrónica con una persona; cuenta con la misma validez legal que una firma manuscrita y se ampara en la Ley de Comercio Electrónico. La firma electrónica actualmente es utilizada en: Facturación electrónica, ECUAPASS (Aduana del Ecuador), Gestión Documental Quipux (Proyecto Cero Papeles), Compras Públicas, entre otros.

Requisitos para obtener un certificado de firma electrónica

Personas naturales

  • Copia de cédula a color (ambos lados)
  • RUC descargado del SRI

Personas jurídicas

  • Copia de cédula a color del representante legal (ambos lados)
  • Certificado de RUC descargado del SRI.
  • Nombramiento del representante legal, inscrito en el Registro Mercantil.
  • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones de la Superintendencia de Compañías o escrituras de la empresa.

Para solicitar tu certificado de firma electrónica puedes revisar los requisitos vigentes y subirlos en el siguiente Link

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